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ADMINISTRATIVO GENERAL-El Govern aprueba el Proyecto de Ley de organización de la Administración de la Generalitat y su sector público institucional

Durante esta última legislatura, el Gobierno de la Generalitat ha iniciado las actuaciones para aprobar la nueva Ley de organización de la Administración de la Generalitat y de su sector público institucional. En concreto, la tramitación llegó hasta la aprobación, por parte del Gobierno de la Generalitat, del Proyecto de Ley de organización de la Administración de la Generalitat y de su sector público institucional el pasado 14 de febrero de 2024.

Como indica el preámbulo de la proposición normativa, la regulación actual de la organización de la Administración de la Generalitat y de su sector público institucional tiene numerosos problemas. Por una parte, tiene una regulación excesivamente atomizada y repartida en numerosas disposiciones normativas. Por otra parte, alguna de estas normas se encuentra jurídicamente “desfasada y deficitaria”, tanto por cambios legislativos, sociales, económicos y políticos ocurridos durante los últimos treinta años, entre otros, la aprobación y entrada en vigor de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, como disposición troncal en la organización del sector público en España. Asimismo, también pone de manifiesto las deficiencias jurídicas de la legislación actual, tales como la falta de cumplimiento de principios básicos como la claridad, simplicidad en la regulación normativa o la búsqueda de una regulación que permita obtener la eficacia y eficiencia en la gestión de los servicios públicos.

El Proyecto de Ley, que dispone de 102 artículos, 7 disposiciones adicionales, 8 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 5 disposiciones finales, se estructura en dos grandes títulos: el Título I, regulador de la Organización de la Administración de la Generalitat y el Título II, regulador del sector público institucional. En cuanto al primero, la norma se centra en la regulación de la organización jerárquica de la Administración autonómica y su Administración periférica. En cuanto al segundo, se encarga de regular las entidades de su sector público, a través de distintas formas de personificación pública y privada, así como el modelo de gobernanza corporativa, siendo este último una de las novedades de la nueva Ley.

También se regulan aspectos como los servicios internos comunes, el Registro del Sector Público de la Generalitat de Catalunya o la transformación de las entidades del sector público de la Administración de la Generalitat. La Ley simplifica la tipología de organismos públicos, crea y regula la figura de la agencia, diferenciando entre agencia administrativa y empresarial, eliminando los organismos autónomos y las entidades de derecho público sometidas a la ordenación jurídico privado.

Con esta norma se prevé la derogación íntegra de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y la derogación parcial de distintas leyes que incidencia en la organización administrativa, como, por ejemplo, el Estatuto de la empresa Pública Catalana.

En todo caso, advertir de que el referido Proyecto de Ley entró en fase de tramitación en el Parlament de Catalunya el pasado 26 de febrero de 2024 (expediente 200-00027/13) y que, debido a la finalización de la legislatura, en fecha 19 de marzo de 2024 caducó su tramitación parlamentaria. Deberemos estar atentos a si, en esta nueva legislatura, se vuelve a iniciar su tramitación parlamentaria y si, de ser así, se aprovecha o no el mismo redactado.

Barcelona, 16 de mayo de 2024.

Tornos Abogados

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