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NL 14/2014. Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Un paso más dentro del proceso de reforma del sector eléctrico.
En el Boletín Oficial del Estado de hoy, 10 de junio de 2014, se ha publicado el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Esta norma, aprobada por el Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes y que entrará en vigor mañana 11 de junio de 2014, constituye un paso más en el desarrollo del mandato al Gobierno contenido en el Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, dentro del proceso de reforma del sector eléctrico.
Dicho Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, enunciaba los principios concretos sobre los que se articulará el régimen aplicable a las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, en términos que han sido posteriormente integrados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y que son desarrollados en el Real Decreto de reciente aprobación.
En palabras del Ministro de Industria, Energía y Turismo, la nueva regulación ha de permitir dotar de estabilidad financiera al sistema, fijar una rentabilidad razonable e introducir certidumbre en el sector.
Sin embargo, el sector de las renovables considera que las modificaciones retributivas introducidas por la reforma eléctrica perjudican claramente a sus intereses, por lo que serán objeto de impugnación ante los Tribunales.
A ello debe añadirse que diversas Comunidades Autónomas han interpuesto Recursos de inconstitucionalidad contra el Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad finaciera del sistema eléctrico.
De los dos últimos que hemos tenido constancia por su publicación en el Boletín Oficial del Estado de 31 de mayo de 2014, son los promovidos por el Consejo de Gobierno de Andalucía, contra las disposiciones transitoria tercera y final segunda del Real Decreto-ley 9/2013 y por la Junta de Extremadura contra el art. 1, apartados 2 y 3; disposición adicional primera; disposición transitoria tercera; disposiciones finales segunda y octava y disposición derogatoria única del dicho Real Decreto-ley 9/2013.
Sin lugar a dudas, la publicación del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos y la inminencia en la aprobación de la Orden que lo desarrollará constituyen el punto de partida para iniciar, por parte de los promotores, los procesos de impugnación de tales normas.
En Barcelona, a 10 de junio de 2014.
Dr. Alfonso Arroyo Díez
Abogado