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CONTRATACIÓN PÚBLICA-Modificación de las prohibiciones de contratar: el Plan de Igualdad debe constar inscrito en el Registro Laboral

El pasado 2 de agosto fue publicada en el BOE la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, cuya disposición final segunda modifica la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

La nueva ley, que entró en vigor el 22 de agosto, modifica el artículo 71.1.b) de la LCSP, añadiendo, a la ya existente causa de prohibición de contratar aplicable a las empresas de 50 o más trabajadores que no tuviesen aprobado un plan de igualdad acorde con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, que el mismo se encuentre inscrito en el registro laboral correspondiente.

Se pone fin así a la controversia suscitada entre los diferentes Tribunales de recursos contractuales sobre esta materia, y a las disparidades interpretativas que se habían producido sobre la cuestión relativa a si el plan de igualdad debía o no estar inscrito en el registro laboral. A este respecto, debe señalarse, por ejemplo, que mientras el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía sostenía que el plan de igualdad debía constar obligatoriamente inscrito en el Registro de Convenios (v.g. Resoluciones 26/2023, de 27 de enero y 137/2023, de 3 de marzo), el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales había sostenido que la falta de inscripción no conllevaba la prohibición de contratar (v.g. resoluciones 1664/2022, de 29 de diciembre, y 238/2023, de 3 de marzo).

Por tanto, desde la entrada en vigor de esta modificación, queda resuelta esta controversia, habiendo el legislador establecido claramente que los planes de igualdad deben estar inscritos en el registro correspondiente.

Por lo que se refiere al registro de inscripción, cabe puntualizar que, de conformidad con el artículo 11.2 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, los planes de igualdad deben inscribirse en el Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad.

Barcelona, 18 de septiembre de 2024

Tornos Abogados

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