IMPACTE PÚBLIC

Analitzem i interpretem les novetats
legislatives i jurisprudencials

INICI > ACTUALITAT > COMENTARIS LEGALS > Nº38/2018 APROBACIÓN DE ORDEN QUE ESTABLECE NUEVAS…

Nº38/2018 Aprobación de Orden que establece nuevas obligaciones de transparencia para las fundaciones

Se ha publicado en el DOGC el 17 de septiembre la Orden JUS/152/2018, de 12 de septiembre, por la que se establece el nivel de sujeción de las fundaciones y de las asociaciones declaradas de utilidad pública a los instrumentos de transparencia establecidos en la Ley 21/2014, de 29 de diciembre, del protectorado de las fundaciones y de verificación de la actividad de las asociaciones declaradas de utilidad pública.
Cabe señalar que muchas de las obligaciones de transparencia que se imponen por medio de esta Orden ya están siendo objeto de publicación por parte de algunas fundaciones y asociaciones de utilidad pública. No obstante, esta disposición realiza una mayor concreción de la información que deben publicar este tipo de entidades ya sean de dimensión grande, media o reducida, estableciendo la Orden los criterios para determinar qué tipo de entidad se trata a estos efectos.
Otro de los elementos que toma en consideración la Orden para determinar las obligaciones de transparencia a las que debe sujetarse la entidad radica en la recepción o no de fondos públicos por parte de la misma.
Las medidas de transparencia más novedosas afectan quizás a las entidades consideradas de dimensión grande que son aquellas que durante dos ejercicios consecutivos cumplan dos de las tres condiciones siguientes:

i) El total de las partidas del activo supere los 2.800.000.- €;
ii) El importe del volumen anual de ingresos supere los 5.700.000.- €
iii) El número medio de trabajadores durante el ejercicio sea superior a 50.

A modo de ejemplo, se impone la obligación a este tipo de fundaciones o asociaciones de utilidad pública de dimensión grande de publicar un informe de gobierno corporativo o bien un informe anual del código de conducta.
Deberá por tanto analizarse de forma pormenorizada cuál es la información que, según lo dispuesto en esta disposición, debe ser objeto de publicación de acuerdo con la dimensión y fondos que reciba la fundación.
En definitiva, constituye esta Orden una nueva vuelta de tuerca a la que se somete a las fundaciones y a las asociaciones declaradas de utilidad pública en materia de transparencia.

Barcelona, a 21 de septiembre de 2018

Antonio Sala / Juan Ambrós

Tornos Abogados

LA INFORMACIÓ CLAU, AL MOMENT

Subscriu-te i rep les Novetats jurídiques i els Comentaris legals que elaborem periòdicament.