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Nº 24/2017. El congreso aprueba la nueva Ley de Contratos del Sector Público
Ayer día 27 de julio, la Comisión de Hacienda y Función Pública, con competencia legislativa plena, aprobó el texto de la Ley de Contratos del Sector Público. Por parte de todos los grupos parlamentarios se ha destacado la voluntad de todos ellos y del Gobierno de conseguir el máximo consenso posible, de hecho, el proyecto de ley recibió 1 081 enmiendas y han sido incorporadas a través de pactos cerca de 975 iniciativas.
Con esta norma, que tras el visto bueno del Congreso pasará a debatirse en septiembre en el Senado, se transponen al ordenamiento jurídico español parte de las directivas europeas en materia de contratación de febrero de 2014.
Entre otras muchas novedades, la Ley prevé que las administraciones reserven entre el 7% y el 10% de determinados tipos de contratos públicos para centros especiales de empleo cuando, al menos, el 30% de sus empleados sean personas con discapacidad.
Además, se establece la prohibición de contratar con la Administración a empresas con más de 50 empleados que incumplan la obligación de tener en plantilla, al menos, al 2% de trabajadores con discapacidad.
Otra novedad es que la ley reconoce el papel de las empresas de la Economía Social y se facilitará el acceso de este tipo de sociedades a las licitaciones de contratos públicos.
También se ha acordado que no se podrá contratar con empresas que, estando obligadas a ello, no cuenten con planes de igualdad, como por ejemplo aquellas de más de 250 trabajadores.
Por otra parte, en los criterios de adjudicación de determinados contratos se tendrá en cuenta la experiencia del personal en servicios dirigidos a sectores especialmente desfavorecidos.
En términos generales, entre los objetivos de la norma se encuentran reducir las cargas administrativas y agilizar los procedimientos, además de que se generalizan las declaraciones responsable.
Además, se apuesta por la utilización de medios electrónicos, se reducen plazos de adjudicación, se aumenta la competencia para una mayor participación de pequeñas y medianas empresas y se incentiva que los contratos se dividan en lotes para permitir el acceso de compañías de menor tamaño a la contratación pública.
También se recoge la posibilidad de que se exija a la empresa que el periodo de pago a sus proveedores no supere determinados límites y no podrán ser contratistas los condenados por corrupción entre particulares.
Barcelona, 28 de julio de 2017
TORNOS ABOGADOS