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Suspensión de licencias en el litoral gerundense: el desarrollo urbanístico de la Costa Brava a examen
El concepto de “sostenibilidad” en el ámbito urbanismo se encuentra en constante evolución como una manifestación más del cambio y evolución de las bases del urbanismo que ampararon el modelo territorial que hasta la fecha conocemos.
Mientras esperamos a la tramitación y aprobación de una Ley de Territorio que asiente y defina el nuevo régimen jurídico que deberá amparar el nuevo urbanismo que nos espera, la Administración urbanística ha ido adoptando mecanismos que implementan y avanzan, no siempre con buen criterio, la nueva estructura de territorio que se está formulando.
En el marco de la protección del litoral catalán y la implementación del concepto de “sostenibilidad” en este tipo de suelos, las medidas ahora acordadas se establecen en consonancia con la política de preservación del litoral gestada desde hace tiempo y, en concreto, desde 2005, con la aprobación de los Planes Directores Urbanísticos del Sistema Costero (PDUSC 1 y 2).
Igualmente, se está trabajando en la redacción de la Ley del Litoral, actualmente en tramitación, que tiene como objetivo la definición de mecanismos que permitan la mejora de la gestión del litoral catalán bajo la premisa fundamental de su preservación.
Siguiendo con lo anterior, en el DOGC de hoy, se ha publicado la suspensión potestativa de tramitaciones y licencias en la franja de 500 m desde el dominio público marítimo terrestre en el litoral gerundense que supone una fuerte afectación para las construcciones y proyectos inmobiliarios en los municipios de Portbou, Colera, Llançà, Port de la Selva, Cadaqués, Roses, Castelló d’Empúries, Sant Pere Pescador, l’Escala, Torroella de Montgrí, Pals, Begur, Palafrugell, Mont-ras, Palamós, Calonge y Sant Antoni, Castell-Platja d’Aro, Sant Feliu de Guíxols, Santa Cristina d’Aro, Tossa de Mar, Lloret de Mar y Blanes.
La suspensión potestativa de licencias, que se acuerda al amparo del artículo 73.1 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo, tiene como finalidad la formulación del Plan Director Urbanístico de Revisión de Suelos No Sostenibles del Litoral Gerundense.
Dicho Plan llevará a cabo una detallada revisión del litoral de la Costa Brava, analizando la ordenación de los suelos más adyacentes al litoral y estableciendo, en su caso, su desclasificación para preservarlos de su desarrollo urbanístico.
En concreto, la suspensión ahora acordada afecta a:
– Los sectores de desarrollo (suelo urbanizable en su mayoría) que (i) se encuentren totalmente o parcialmente dentro de la franja de 500m des del dominio público marítimo terrestre y (ii) que tengan más del 50% de su superficie con pendientes superiores al 20%, tanto si tienen el planeamiento derivado aprobado como si todavía se encuentran pendientes de ordenación.
En concreto, los sectores que se identifican como afectados son los que constan en el cuadro que consta en el Acuerdo objeto de publicación.
– Los suelos urbanos sin edificar no incluidos en sectores de desarrollo que (i) se encuentren totalmente o en más de un 50% dentro de la franja de 500 m des del dominio público marítimo terrestre y (ii) tengan más del 50% de su superficie con pendientes superiores al 20%.
Junto con lo anterior, la suspensión no afecta a:
– Las obras de reforma, rehabilitación y ampliación de los edificios existentes;
– Los solares no edificados dentro de los tejidos históricos y tradicionales identificados con las claves R1, R2 y R3 (según la codificación del Mapa Urbanístico de Cataluña).
La repercusión de la suspensión ahora acordada y de la nueva ordenación que proyectará el Plan Director Urbanístico de Revisión de Suelos No Sostenibles del Litoral Gerundense es muy vinculante tanto para los titulares privados de inmuebles afectados como para el encaje inmobiliario del desarrollo urbanístico del litoral de la Costa Brava. En consecuencia, deberán revisarse las posibilidades constructivas de las parcelas afectadas, así como las operaciones inmobiliarias en curso.
Silvia Mañá Badía
Directora del Departamento de Real Estate