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NL 15/2012. Nota relativa al desarrollo del procedimiento del pago a proveedores establecido en el Acuerdo 6/2012 del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (en adelante MHAP) ha publicado en su página web una Nota explicativa del procedimiento del pago a proveedores establecido en el Acuerdo 6/2012 del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, indicando pasos a realizar y fechas.

Las Comunidades Autónomas que se han adherido a este mecanismo pueden consultarse en la página web del Ministerio de Economía y Administraciones Públicas, junto con los instrumentos jurídicos publicados en los diferentes boletines autonómicos. Ello puede consultarse en el siguiente enlace al MHAP: http://www.minhap.gob.es/es-ES/Servicios/Paginas/NormativaCCAAmecanismoproveedores.aspx

Las Comunidades Autónomas que no se ha adherido son Galicia, Navarra y País Vasco.

Según el apartado 2 de dicha Nota, las Comunidades Autónomas (CCAA) tenían hasta el 15 de abril para remitir al MHAP las relaciones iniciales de las facturas certificadas. Entre los días 1 al 8, ambos inclusive, de los meses de mayo y junio, las Comunidades Autónomas deberán comunicar al MHAP las nuevas facturas que se incorporarán al procedimiento como consecuencia de las solicitudes individuales (certificaciones individuales) realizadas por los proveedores.

Los proveedores tienen derecho a verificar que sus facturas estén incluidas en los listados remitidos por las Comunidades Autónomas. Si sus facturas (todas o alguna) no están incluidas pueden solicitar un certificado individual. Para ello deben dirigirse a la Comunidad Autónoma mediante los modelos facilitados al efecto para solicitar su inclusión en la certificación individual. Estas certificaciones individuales se remitirán por las Comunidades Autónomas al MHAP dentro de los días 1 al 8, ambos inclusive, de los meses de mayo y junio (Apartado 4 de la Nota).

A estos efectos, recordamos que si en el plazo de 15 días naturales desde la presentación de la solicitud de certificado individual en el Registro de la Comunidad Autónoma ésta no se hubiera rechazado, se entenderá reconocido el derecho al cobro por silencio positivo.

Es importante señalar que según lo indicado en los apartados 5 y 6 de la citada Nota, la solicitud de certificación individual presentada por los proveedores ante la Comunidad Autónoma implicará la aceptación por parte de éstos de acudir al procedimiento.

Los proveedores deben manifestar su decisión voluntaria de acudir al plan, ya sea de forma presencial (por escrito ante la Comunidad Autónoma) o de forma telemática, con firma electrónica, en la plataforma habilitada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) facilitando en ambos casos la información que se indica en el punto 5 de la Nota (acepción por el proveedor; fecha de la aceptación por el proveedor; número de cuenta corriente, facilitando el IBAN y el BIC; naturaleza de PYME o autónomo según la AEAT; si se ha acordado una quita; e importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir).

Los proveedores deben comunicar su voluntad de acudir al Plan de Pagos, referida a la primera relación certificada, entre los días 2 y 22 de mayo, ambos inclusive.

Una vez que los proveedores manifiesten su decisión de acudir al Plan de Pagos, la Tesorería de la respectiva Comunidad Autónoma excluirá de los posibles pagos ordinarios a dichos proveedores.

Entre los días 2 y 8 de mayo y 1 y 8 de junio, ambos inclusive, las Comunidades Autónomas remitirán al MHAP las relaciones de certificaciones individuales solicitadas, las emitidas y las no contestadas y las denegadas. En los días 1 a 8 de junio, se remitirán por las Comunidades Autónoma aquellas relaciones individuales solicitadas adicionales a las que se envíen en el mes de mayo (apartados 7 y 9 de la Nota).

El apartado 8 de la Nota también señala que entre los días 23 de mayo y 8 de junio, las Comunidades Autónomas podrán introducir modificaciones para corregir errores, indicar las facturas que consideran conflictivas, aclarándolos  y solventándolos, conflictos en la identificación de la titularidad de los derechos de cobro, indicar las que se han pagado a los contratistas y las que están sujetas a procedimientos de embargo o de concurso de acreedores.

El aparado 10 de la Nota es un resumen del calendario del procedimiento hasta el mes de junio (primera fase) al que hemos hecho referencia.

Finalizado el procedimiento de identificación de las facturas que entran en la primera fase de la operación, se deberá contrastar con el importe máximo disponible en el mecanismo de financiación y, en su caso, se aplicarían los criterios de prelación de las obligaciones pendientes de pago (antigüedad, condición de  PYME o la judicialización de la factura). Conocido el importe de las obligaciones pendientes de pago, las Comunidades Autónomas deberán aprobar la formalización de las operaciones de crédito correspondientes (señala esta punto que se realizará durante la primera quincena del mes de junio) siempre que hayan obtenido una valoración favorable de sus planes de ajuste por parte del MHAP.

Será a partir de este momento cuando las entidades de crédito podrán empezar a realizar las transferencias que procedan a los proveedores. La Nota no aclara cómo ni cuándo se realizarán estas transferencias, ni cómo se notificará a los proveedores que cantidad les corresponde. Entendemos que los pagos deberían empezarse a materializar a finales de junio o principios de julio de 2012.

Finalmente, el apartado 11 de la  Nota deja abierta la posibilidad, en el caso de que no se agote el importe máximo del mecanismo de financiación, para que entre los días 1 a 8, ambos inclusive, de los meses de julio y agosto, se puedan producir nuevas comunicaciones de las CCAA a la plataforma creada por la AEAT incluyendo nuevas certificaciones individuales a instancia de los contratistas, no contenidas en las relaciones certificadas iniciales, reiterándose el procedimiento de los apartados 7 y 9 de la Nota.

El texto completo de esta Nota se puede consultar en el siguiente enlace al MHAP:
http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Publico/PortalVarios/FinanciacionTerritorial/Autonomica/Desarrollo%20pago%20proveedores%20CCAA%20a%2002-04-2012.pdf
El esquema del procedimiento se puede consultar en el siguiente enlace al MHAP:
http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Publico/PortalVarios/FinanciacionTerritorial/Autonomica/Procedimientos%20pago%20proveedores%20CCAA(02-04-2012).pdf
 
Barcelona, a 24 de abril de 2012

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