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«¿Y este pleito cuánto dura?» Las estadísticas oficiales responden
Una de las principales preocupaciones a la hora de interponer un recurso judicial es la duración del procedimiento. Tal y como afirmó en su momento el jurista Tomás-Ramón Fernández, en unas palabras que siguen vigentes hoy en día, la eficacia real del control jurisdiccional de la Administración pública depende básicamente de tres tipos de cuestiones: el coste del procedimiento, la efectiva ejecución de las sentencias y, en lo que ahora nos atañe, la duración de los procesos, pues una justicia tardía se diferencia muy poco de una simple injusticia.
Pues bien, el Consejo General del Poder Judicial publicó, por primera vez en noviembre de 2018, los datos correspondientes al tiempo medio estimado que cada órgano judicial tarda en resolver los procedimientos. Esta información, facilitada por el servicio de Estadística Judicial, ofrece datos comparativos de los últimos diez años, obtenidos a partir de la estimación de la duración media de los procesos judiciales concluidos en cada una de las anualidades analizadas.
En lo que respecta a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, quien controla principalmente a la administración local, la duración de los procedimientos en 2017 se sitúa en los 9,4 meses de media en toda España. Una cifra que supone un mínimo histórico, y que en 2013 alcanzó su máximo con 14,2 meses. En Catalunya, la media en 2017 se sitúa en 10,4 meses.
Uno de los factores que más incide en la duración de los pleitos es la materia enjuiciada. En Catalunya, y siguiendo con los Juzgados, los recursos que más duran son los relativos a la expropiación forzosa y los de medio ambiente, que superan holgadamente los dos años de duración como media, mientras que los temas relativos a contratación, administración tributaria y urbanismo se sitúan en poco más de un año de duración como media.
Obviamente estos datos pueden variar en función de la provincia y la carga del Juzgado correspondiente, si bien las estadísticas oficiales no se desglosan provincialmente.
A destacar también que los procedimientos abreviados tienen una duración media de 8,9 meses, mientras que los procedimientos ordinarios se sitúan en torno a los 16,5 meses de duración.
Si nos fijamos en los datos de los Tribunales Superiores de Justicia, y siguiendo con el orden contencioso-administrativo, la media en el año 2017 se sitúa en 14,4 meses, dato esperanzador teniendo en cuenta que en 2007 la media era de 24,9 meses.
En Catalunya encontramos con el Tribunal Superior de Justicia con mayor duración de los procedimientos, durando una media de 22,1 meses los procedimientos en 2017. La duración también varía en función de la materia, los temas de urbanismo y administración tributaria superan los 30 meses de media, mientras que los temas de contratación superan los 25 meses de media.
Todos estos datos deben ser puestos en contexto, en España tenemos 12 jueces por cada 100.000 habitantes, una ratio excesivamente inferior a la media de los países europeos que se sitúa en 21 jueces por cada 100.000 habitantes.
Por supuesto que estamos hablando de medias estadísticas, que dependen del momento, el contexto y la dificultad técnica del tema correspondiente, si bien son datos que nos pueden dar una estimación de lo que pueden durar los procesos.
Barcelona, 9 de enero de 2019
Tornos Abogados